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Lucha contra el etiquetado fraudulento del cuero

Curtidos de José Pérez Hernández
La UE ha iniciado el estudio de los borradores correspondientes a la propuesta de Cotance

Desde hace muchos años la industria internacional del cuero viene batallando contra la competencia desleal derivada de un etiquetado deficiente o intencionadamente equívoco. Dentro de esta campaña que exige la identificación clara y sin ambigüedades del cuero como materia de confección de artículos de consumo, se encuadra la última iniciativa promovida por la confederación europea del cuero Cotance ante la Unión Europea (UE). Según esta nueva propuesta para un etiquetado de autenticidad para el cuero en la UE, se debe proteger legalmente la utilización del término «cuero», de manera que se prohíba taxativamente el uso de etiquetas contradictorias como «cuero sintético» o «cuero vegano». En definitiva, lo que Cotance pide a la directiva europea sobre prácticas comerciales desleales es que se tipifique como ilegal la utilización contradictoria del término cuero. Por el momento, la UE ha iniciado el estudio de los borradores correspondientes a la propuesta de Cotance y se espera que en los próximos meses emita sus conclusiones al respecto.

Según esta nueva propuesta para un etiquetado de autenticidad para el cuero en la UE, se debe proteger legalmente la utilización del término «cuero», de manera que se prohíba taxativamente el uso de etiquetas contradictorias como «cuero sintético» o «cuero vegano».

En el mismo sentido, Cotance y el Consejo Internacional de Curtidores (ICT) también han llegado recientemente a un acuerdo con la patronal china del cuero CLIA para exigir al Gobierno chino la protección del cuero y que se actúe en consecuencia contra el etiquetado engañoso a través de expresiones como «cuero artificial», «cuero sintético» o «imitación de cuero», ya sea en productos destinados al consumo interno como a los dirigidos a la exportación. Las organizaciones en defensa de la industria del cuero alegan que el artículo 8 de la Ley de Contra el Comercio Desleal en China ya proscribe «la formulación ambigua y otros significados engañosos en publicidad». La violación del artículo 8 de esta ley acarrea la inmediata suspensión de la comercialización de esos productos, así como la imposición de una multa por tres veces el valor de la mercancía.

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